¿Qué son?
Las ayudas al alquiler son subvenciones públicas que buscan facilitar el acceso y mantenimiento de una vivienda habitual en régimen de arrendamiento. En Andalucía, estas ayudas se gestionan principalmente a través de la Junta de Andalucía, y se dirigen a personas y familias con bajos ingresos, dando prioridad a colectivos como las personas con discapacidad.
AYUDAS AL ALQUILER EN ANDALUCÍA
¿En qué consisten?
La Junta de Andalucía convoca periódicamente subvenciones que cubren hasta el 50 % del alquiler mensual, y en casos de especial vulnerabilidad (incluyendo discapacidad) hasta el 75 %.
Requisitos básicos
- Tener residencia legal en Andalucía.
- Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda habitual.
- No superar el umbral de ingresos establecido (según IPREM y número de miembros en la unidad de convivencia).
- Estar empadronado/a en la vivienda alquilada.
- Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.
Las personas con discapacidad tienen prioridad en la baremación de estas ayudas.
Documentación necesaria
La documentación habitual que se debe presentar incluye:
-
DNI o NIE.
- Certificado de discapacidad.
- Contrato de alquiler.
- Certificado de empadronamiento.
- Declaración de la renta.
- Justificante bancario del pago del alquiler.
¿Cuándo se solicitan?
Se publica una convocatoria anual. Las fechas pueden variar, por lo que se recomienda consultar el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) o el portal web de vivienda: Web oficial de vivienda en Andalucía
Nota: Estas ayudas forman parte del Plan Estatal de Vivienda, pero siempre se solicitan a través de la comunidad autónoma. Si resides en otra comunidad distinta de Andalucía, debes consultar la información en tu región.
Ver el programa estatal de ayudas al alquiler de vivienda
COMPLEMENTO DE PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA PARA EL ALQUILER
¿En qué consiste?
Es una ayuda económica de ámbito estatal, regulada por el Real Decreto 1191/2012, que complementa la cuantía de la pensión no contributiva (PNC) de jubilación o invalidez cuando la persona beneficiaria vive en alquiler. La gestión se realiza a través de las comunidades autónomas; en Andalucía corresponde a la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
Requisitos principales
- Ser titular de una pensión no contributiva de jubilación o invalidez.
- Residir de forma habitual en una vivienda alquilada (contrato mínimo de 1 año y haber vivido en ella al menos 180 días antes de la solicitud).
- No tener vivienda en propiedad.
- No ser familiar directo ni pareja del arrendador.
¿Cómo se tramita?
-
Puede solicitarse de forma presencial en las
Delegaciones Territoriales de Inclusión Social
o por vía telemática a través de la sede electrónica de la Junta de Andalucía.
- Modelo oficial de solicitud: Complemento de pensión no contributiva para alquiler de vivienda.
Más información en la web oficial de la Junta de Andalucía: Complemento de pensión para alquiler de vivienda (PNC)
CONVOCATORIA 2025 – AYUDAS AL ALQUILER PARA PERSONAS ESPECIALMENTE VULNERABLES
La Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria 2025 de ayudas al alquiler, destinada a personas y familias en situación de vulnerabilidad social.
Estas subvenciones incluyen a las personas con discapacidad cuando los servicios sociales reconocen su situación de vulnerabilidad o cuando la vivienda habitual resulta inaccesible por razón de discapacidad.
¿Qué ofrecen?
- Hasta 6.000 € por vivienda.
-
Hasta
500 € al mes
(incluyendo comunidad).
- La ayuda cubre los pagos de alquiler de enero a diciembre de 2025 y se abona por adelantado en un único pago.
Requisitos principales
- Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda habitual.
-
Estar
empadronado/a en Andalucía
o acreditar residencia de al menos un año.
- No disponer de vivienda en propiedad, salvo que esta sea inaccesible por causa de discapacidad.
- Contar con un informe de los servicios sociales que acredite la situación de vulnerabilidad.
- Que la persona arrendadora no sea familiar ni administración pública.
Plazo de solicitud
Del 3 de noviembre al 2 de diciembre de 2025, o hasta que se agoten los fondos disponibles (17,1 millones de euros).
Las ayudas se conceden por orden de llegada hasta agotar presupuesto.
Cómo solicitarla
- Se presenta el Anexo I oficial de solicitud en la sede electrónica de la Junta de Andalucía o presencialmente en las Delegaciones Territoriales de Fomento.
- Es recomendable adjuntar el informe de servicios sociales junto a la solicitud.
Más información y acceso al trámite: Ayudas al alquiler para personas especialmente vulnerables – Junta de Andalucía
DEDUCCIÓN FISCAL POR ALQUILER EN ANDALUCÍA (A PARTIR DE 2026)
A partir del 1 de enero de 2026, las personas que residan de alquiler en Andalucía podrán aplicar una deducción autonómica en el IRPF.
Esta medida beneficiará especialmente a los colectivos con menor capacidad económica y a las personas con discapacidad.
¿Qué permite deducir?
- 1.500 € anuales para personas con discapacidad.
Requisitos principales
- Que la vivienda alquilada sea la residencia habitual.
- Que el contrato de arrendamiento esté formalizado legalmente y depositado en el Registro de Fianzas de Andalucía.
- Estar al corriente del pago del alquiler y poder acreditarlo.
Esta deducción se aplicará directamente en la declaración de la renta de 2026, y su objetivo es aliviar el esfuerzo económico del alquiler y favorecer el acceso a la vivienda a los colectivos más vulnerables.
Más información oficial: Andalucía amplía la deducción por alquiler a 1.500 € para personas con discapacidad – Junta de Andalucía
EN RESUMEN
| Tipo de ayuda | Quién la gestiona | Cuánto cubre |
|---|---|---|
| Ayuda autonómica | Junta de Andalucía | Hasta el 75 % |
| Complemento de PNC para alquiler | Estado (gestión en Andalucía por la Consejería de Inclusión Social) | Cuantía extra mensual sobre la pensión |
| Ayuda 2025 a personas especialmente vulnerables | Junta de Andalucía (Consejería de Fomento) | Hasta 6.000 € por vivienda / 500 € al mes |
| Deducción fiscal por alquiler (a partir de 2026) | Junta de Andalucía / Agencia Tributaria | Hasta 1.500 € anuales para personas con discapacidad |
¿DÓNDE INFORMARSE?
- Junta de Andalucía – Consejería de Fomento
- Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
- Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Agencia Tributaria – Junta de Andalucía
- Ayuntamientos: Muchos ayuntamientos ofrecen también ayudas complementarias o asesoramiento personalizado sobre cómo acceder a estas convocatorias.
Fecha de publicación: 23 de junio 2025
Última actualización: 17 de octubre 2025
