El Ayuntamiento de Sevilla, a través de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, ha abierto el plazo para solicitar la 2ª convocatoria de subvenciones en concurrencia no competitiva para la instalación de ascensores en edificios residenciales.
Estas ayudas tienen como objetivo mejorar la accesibilidad en edificios de viviendas y facilitar la autonomía de las personas que residen en ellos, especialmente aquellas con movilidad reducida o discapacidad.
¿EN QUÉ CONSISTEN ESTAS SUBVENCIONES?
Se trata de ayudas económicas para la instalación de ascensores en edificios residenciales colectivos, concedidas en régimen de concurrencia no competitiva.
Esto significa que las solicitudes se atienden por orden de presentación, siempre que cumplan los requisitos establecidos y mientras exista crédito disponible.
¿EN QUÉ ZONAS SE PUEDEN INSTALAR LOS ASCENSORES?
Esta 2ª convocatoria está limitada a una zona concreta de la ciudad de Sevilla.
Las actuaciones subvencionables son aquellas en las que el ascensor se ubique en:
- Barrios D y E del Polígono San Pablo
- Distrito San Pablo–Santa Justa
En la convocatoria oficial se incluyen los planos de los barrios D y E, que pueden consultarse aquí: Planos barrios D y E
¿QUÉ ASCENSORES PUEDEN SER SUBVENCIONADOS?
Según lo establecido en la convocatoria de la 2.ª subvención en concurrencia no competitiva para la instalación de ascensores en edificios residenciales del Ayuntamiento de Sevilla, solo serán subvencionables los ascensores que cumplan todas las siguientes condiciones:
1. Ubicación del edificio
Los ascensores deberán instalarse en edificios situados exclusivamente en:
- Barrios D y E del Polígono San Pablo, distrito San Pablo-Santa Justa de la ciudad de Sevilla. La delimitación exacta puede consultarse en los planos oficiales: Ver planos Barrios D y E
Este requisito territorial es obligatorio y no ampliable a otros barrios.
2. Tipo de edificio
- Edificios residenciales colectivos
- De tres o más plantas
- Pertenecientes a comunidades de propietarios
3. Situación de las personas residentes
En el edificio deberán residir al menos dos personas que cumplan alguna de las siguientes situaciones:
a) Personas mayores de 70 años
b) Personas con discapacidad:
- Discapacidad reconocida igual o superior al 50 %
- Con movilidad reducida, conforme a la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía.
c) Personas en situación de dependencia:
- Dependencia reconocida de grado II o grado III, conforme a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
IMPORTANTE: No basta con que el edificio esté en la zona indicada: deben cumplirse simultáneamente los requisitos de ubicación, tipología del edificio y situación de las personas residentes.
¿QUÉ GASTOS SE SUBVENCIONAN?
Con carácter general, pueden subvencionarse:
- Obras de instalación del ascensor.
- Honorarios técnicos.
- Redacción del proyecto y documentación técnica necesaria.
- Gastos asociados directamente a la actuación.
No se subvencionan obras iniciadas antes de la concesión de la ayuda, salvo los gastos técnicos previos permitidos por las bases.
El importe máximo de la subvención es de 120.000 euros por actuación. La cuantía concreta concedida dependerá del presupuesto subvencionable presentado y de lo establecido en las bases reguladoras.
DOCUMENTACIÓN NECESARIA
La solicitud debe presentarse con:
- Solicitud oficial (Anexo II)
- Acuerdo de la Comunidad autorizando la actuación
- Proyecto técnico o memoria justificativa
- ITE favorable sin obras
- Presupuesto detallado
- Certificado de titularidad bancaria
- DNI de representante
- Declaración responsable
Importante: Las Bases permiten aportar originales o copias auténticas electrónicas.
PLAZO DE LA SOLICITUD
Desde el 11 de diciembre de 2025 hasta el 10 de febrero de 2026, ambos inclusive.
Las ayudas se otorgan por orden de presentación, así que cuanto antes se presente, mejor.
DÓNDE Y CÓMO SE PRESENTA LA SOLICITUD
La tramitación es 100 % telemática a través del Registro Electrónico de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla
