Si necesitas apoyo para realizar actividades básicas del día a día, puedes solicitar las ayudas de la Ley de Dependencia en Andalucía. Aquí te explicamos qué tipos de ayudas existen (servicios y prestaciones económicas), cómo iniciar el trámite, y qué documentación debes presentar para que te valoren oficialmente.
¿Qué es la Ley de Dependencia y qué ayudas ofrece?
La Ley de Dependencia garantiza a las personas que necesitan ayuda continua para su vida diaria el acceso a servicios públicos de atención y/o prestaciones económicas. La ayuda concreta se asigna según el grado de dependencia reconocido oficialmente (moderada, severa o gran dependencia).
Tipos de ayudas disponibles según la Ley de Dependencia
Servicios públicos
- Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia.
- Teleasistencia (como pulsadores de emergencia).
- Ayuda a domicilio (para tareas del hogar o cuidado personal).
- Centros de día o de noche.
- Residencias para personas con gran dependencia.
Prestaciones económicas
-
Vinculada al servicio: para acceder a un recurso privado si el servicio público no está disponible.
- Cuidados en el entorno familiar: ayuda para familiares que cuidan a personas dependientes.
- Contratación de asistente profesional: apoyo económico para contar con personal dado de alta en la Seguridad Social.
Estas ayudas económicas están condicionadas por la renta y se otorgan sólo cuando no se puede acceder a los servicios públicos.
Cómo solicitar las ayudas de la Ley de Dependencia en Andalucía
- Acude a los Servicios Sociales de tu Ayuntamiento o al centro de salud.
- Rellena la solicitud para valorar el grado de dependencia.
- Adjunta documentación básica:
- DNI/NIE
- Informe médico (del centro de salud)
- Certificado de empadronamiento
- Declaración de la renta o documentación económica
- Recibirás la visita de un equipo profesional que evaluará tu situación en el domicilio.
- En función del baremo oficial, se determinará tu grado de dependencia y se te ofrecerán las ayudas más adecuadas.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo legal máximo para resolver el expediente es de 6 meses, pero en la práctica puede alargarse hasta 12–18 meses, dependiendo de la provincia y del volumen de solicitudes.
Dónde puedes solicitarlo
- Servicios Sociales de tu Ayuntamiento
- Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social
- Portal oficial de la Junta: Portal de la Dependencia en Andalucía