¿Qué son?

Las ayudas al alquiler son subvenciones públicas dirigidas a personas con discapacidad y familias con bajos ingresos para facilitar el acceso y el mantenimiento de una vivienda habitual en régimen de alquiler. Estas ayudas pueden solicitarse a nivel autonómico (Junta de Andalucía) o estatal (Gobierno de España), y suelen convocarse cada año.

AYUDAS AL ALQUILER EN ANDALUCÍA

¿En qué consisten?

La Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Fomento, convoca ayudas al alquiler que cubren hasta el 50 % del importe mensual, con un porcentaje mayor (hasta el 75 %) para personas especialmente vulnerables.

Requisitos básicos

  • Tener residencia legal en Andalucía.
  • Ser titular de un contrato de alquiler de vivienda habitual.
  • No superar el umbral de ingresos establecido (según IPREM y número de miembros en la unidad de convivencia).
  • Estar empadronado/a en la vivienda alquilada.
  • Tener reconocida una discapacidad igual o superior al 33%.

Las personas con discapacidad tienen prioridad en la baremación de estas ayudas.

Documentación necesaria

La documentación habitual que se debe presentar incluye:

  • DNI o NIE.

  • Certificado de discapacidad.
  • Contrato de alquiler.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Declaración de la renta.
  • Justificante bancario del pago del alquiler.

¿Cuándo se solicitan?

Se publica una convocatoria anual. Las fechas pueden variar, por lo que se recomienda consultar el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) o el portal web de vivienda: Web oficial de vivienda en Andalucía

AYUDAS ESTATALES AL ALQUILER

¿Qué son?

El Gobierno de España, a través del Plan Estatal de Vivienda, contempla ayudas al alquiler gestionadas en colaboración con las comunidades autónomas. Incluyen:

  • Programa de ayuda al alquiler de vivienda habitual.
  • Programa de ayuda a jóvenes y colectivos vulnerables.

¿Quién puede beneficiarse?

  • Personas físicas mayores de edad.
  • Personas con discapacidad reconocida.
  • Ingresos familiares por debajo de los límites marcados por el plan.
  • Personas que residan de forma habitual en una vivienda alquilada.

¿Cómo se tramita?

Estas ayudas se gestionan a través de la comunidad autónoma. En el caso de Andalucía, también se solicitan ante la Junta cuando se publica la convocatoria anual.

Información general – Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana

EN RESUMEN

 

Tipo de ayuda Quién la gestiona Cuánto cubre
Ayuda autonómica Junta de Andalucía Hasta el 75 %
Ayuda estatal Ministerio + CCAA Según plan vigente

Ambas ayudas son compatibles con la condición de tener discapacidad y pueden incluir criterios de prioridad en la adjudicación.

¿DÓNDE INFORMARSE?

Fecha de publicación: 23 de junio 2025