Resumen

Ayuda destinada a financiar la adquisición, renovación y reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, excluidos del catálogo ortoprotésico del SAS, con el fin de mejorar su autonomía personal.

Detalles

Descripción

Subvención pública, en régimen de concurrencia competitiva, para cubrir gastos relacionados con la adquisición, renovación o reparación de productos de apoyo para personas con discapacidad, siempre que dichos productos no se encuentren en el catálogo general de prestaciones ortoprotésicas del Servicio Andaluz de Salud (SAS).

Requisitos

  • Tener reconocida una discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 33%, con resolución vigente el último día de presentación.
  • Que la renta per cápita de la unidad económica de convivencia no supere 1,25 veces el IPREM (según el último ejercicio fiscal cerrado).
  • Disponer de un presupuesto cierto del gasto.
  • Aportar un informe favorable del Centro de Valoración y Orientación (CVO), que será solicitado de oficio por la Administración.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Plazo

Del 30/05/2025 al 19/06/2025 (15 días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOJA del Extracto de la convocatoria – Orden de 21 de mayo de 2025).

Cómo realizar el trámite

  • Modalidades: presencial y electrónica.
    • Presencial: en Oficinas de registro (Administración Pública o Correos); para oficinas de la Junta de Andalucía, se recomienda cita previa.
    • Electrónica: a través de la sede de la Junta de Andalucía (fase correspondiente).
  • Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente deben presentar por vía electrónica; si presentan en papel, el órgano podrá requerir subsanación electrónica (art. 68.4 Ley 39/2015).

Documentación necesaria

  • Anexo I (solicitud) y Anexo II (formulario de alegaciones y documentación).
  • Presupuesto o factura del producto de apoyo.
  • Documentación económica de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Certificado o volante de empadronamiento colectivo.
  • Documento acreditativo de la cuenta bancaria del solicitante (o tutor, si es menor).
  • En su caso, resolución de grado de discapacidad ≥ 33 % de los convivientes.
  • En su caso, certificación de grado de dependencia.
  • En su caso, carné de familia numerosa.
  • En caso de prótesis/órtesis dentales, si el presupuesto no lo emite un odontólogo colegiado, deberá incluirse prescripción facultativa.

Organismo responsable

Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (Junta de Andalucía)

Fecha de publicación: 21/05/2025

PREGUNTAS FRECUENTES

Solo aquellos no incluidos en el catálogo ortoprotésico del SAS.

Sí, es obligatorio un informe favorable del CVO, solicitado de oficio.